Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 1 septiembre 2024.

La JCCM exhibe su mezquindad para con dos ayudantes de cocina y sale condenada y trasquilada del juzgado de lo Social

  • Educación se negaba a pagar ¡98,14 euros! a dos trabajadoras, ayudantes de cocina en una escuela infantil de Ciudad Real que tuvieron que hacer de cocineras veintiocho días entre 2022 y 2023 para dar de comer a los/as niños/as en ausencia del cocinero titular y sin que la consejería cubriera la vacante, como tiene por costumbre.

29/07/2024.
Sentencia

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Ciudad Real, 27 de julio de 2024. La no cobertura de vacantes del personal Laboral es una práctica tan habitual como irresponsable de la consejería de Educación, que acepta sumisamente la negativa de la de Hacienda a contratar a nadie para cubrir bajas temporales, sea cual sea su motivo y su duración, y confía en que las o los compañeros -casi siempre, compañeras- de la persona ausente se apañarán para sacar el trabajo adelante.

CCOO Enseñanza lleva muchísimo tiempo denunciando este reiterado incumplimiento del Gobierno de CLM; que día sí día también impone sobrecargas de trabajo a decenas de trabajadores (mayormente, trabajadoras) de los colectivos de laborales de Educación, aprovechándose del compromiso de estas personas con el servicio que prestan a la Escuela Pública.

Entre el 6 de julio de 2022 y el 12 de diciembre de 2023, el cocinero de una Escuela Infantil de Ciudad Real estuvo ausente por diversas circunstancias 45 días. La JCCM solo cubrió la plaza vacante cuatro de esos días, el 3 de marzo y el 7, 8 y 9 de junio de 2023. Pero las niñas y los niños no se quedaron sin comer ni un solo día.

“Resulta incontestable que, en ausencia del cocinero, ‘alguien’ ha tenido que ejecutar sus funciones”, subraya la magistrada titular del juzgado de lo Social nº 3 de Ciudad Real, entrecomillando la palabra ‘alguien’.

Las ‘alguien’ que se ocuparon de asumir las tareas y responsabilidades al frente de la cocina fueron las dos ayudantes, que se alternaron para cubrir el puesto vacante no cubierto por la consejería.

Eso se denomina “movilidad funcional”, que consiste en realizar tareas de un grupo profesional diferente al propio, “por razones técnicas u organizativas y por el tiempo imprescindible”. 

El convenio colectivo del Personal Laboral de la JCCM le dedica a la movilidad funcional sus artículos 46 y 47 y en el primero de ellos deja claro que “el trabajador o la trabajadora tendrá derecho al salario base y a los complementos que deriven de la relación de puestos de trabajo para el puesto desempeñado.”

Pues bien: las ayudantes de cocina en funciones de cocineras reclamaban la diferencia entre su jornal y el del cocinero cuyas tareas realizaron, que ascendía a 6,93 euros/día en 2022 y a 7,21 euros/día en 2023. 

Con las prisas -porque lo primero e importante era hacer la comida-, las demandantes hasta se olvidaron varios días de solicitar a la directora de la Escuela Infantil un certificado de la “movilidad funcional” que habían realizado. Solo tenían veintiocho certificados entre las dos, cada una diez certificados de otros tantos días de 2022 y cuatro de 2023. 

A razón de 6.93 euros los primeros (x10 = 69,3) y de 7,21 los segundos (x4 = 28,84); reclamaban a Educación 98,14 euros cada una.

Se lo reclamaban, y Educación no se los pagaba. Hasta que fueron al juzgado tuteladas por CCOO-Enseñanza y de la mano de la asesoría jurídica de CCOO Ciudad Real, que una vez más ha hecho un trabajo excelente, a reconocer y agradecer.

Ya es mísero y cicatero, además de injusto, negarles a estas dos mujeres trabajadoras 98,14 euros, sabiendo como sabía Educación que fueron ellas las ‘alguien’ que se ocuparon de la cocina de su Escuela Infantil cada día que faltaba el cocinero titular y que la consejería dejaba sin cubrir la vacante.

Pero el argumento expuesto por el representante gubernamental ante la magistrada supera todo grado de mezquindad: La consejería reconocía que las ayudantes de cocina asumieron muchos días las funciones de cocineras, pero no las pagaba la movilidad funcional porque, según él, lo hicieron sin atenerse “al modo reglamentariamente previsto.” 

Si llegan a atenerse al ‘modo reglamentario’, los niños y las niñas aún estarían en ayunas; a la espera de que las consejerías de Educación y/o de Hacienda respondieran reglamentariamente. 

La magistrada se pone sería: “la irregularidad en el llamamiento para la cobertura de la ausencia temporal del cocinero daría lugar a la responsabilidad disciplinaria o a la depuración de responsabilidades que procediera, pero de modo alguno puede eludirse por la consejería, escudándose en dicha irregularidad, la obligación que para con las demandantes ha asumido, pues estas han ejecutado unas tareas que el art. 46 y 47 del convenio obliga a abonar conforme a la superior categoría realizada.”

Así que condena a Educación a abonar esos 98,14 euros a cada una de las auxiliares de cocina. 

Contra esta sentencia no cabe recurso. 

Sí le cabe a Educación, para terminar de cubrirse de gloria, recoger el guante lanzado por la magistrada y abrir un expediente para sancionar a las ayudantes de cocina y/o a la directora de la escuela infantil por ocuparse de lo que no se ocupó, ni se ocupa nunca, la Consejería: de cubrir una vacante temporal para que ningún niño ni ninguna niña se quedara ni un solo día sin comer.

Da vergüenza, indigna, el trato de Educación a estas trabajadoras. Que forman parte de único colectivo del personal laboral de la consejería que mantiene la contratación fija-discontinua. Ayudantes de cocina, casi todas mujeres: a cubrir las bajas que no cubre Educación y los veranos, al paro. Luego habla el presidente de acabar con la brecha salarial: 98,14 euros.

Instamos a la Junta, y en concreto a Educación y a Hacienda, a finalizar con estas políticas de no cobertura de vacantes y con esta brecha salarial que sufre, en el seno de la administración autonómica, un colectivo laboral casi totalmente feminizado; una categoría profesional necesaria, importante, y además, comprometida.

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