Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 25 abril 2024.

PERSONAL LABORAL: Convocatoria de acciones formativas incluidas en el Programa de Formación Específica, dentro del Plan de Formación para el Personal de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el año 2023

  • Plazo: Hasta el 08/02/2023.
  • Solicitudes a través de la EAR.
  • Consulta las actividades de formación en el anexo.

25/01/2023.
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Resolución de 24/10/2017, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral, por la que seregistra y publica el VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Juntade Comunidades de Castilla-La Mancha.

👉 ACCEDE A LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN ESPECÍFICA.

 

Resuelve:

Convocar las acciones formativas incluidas en el Programa de Formación Específica de acuerdo con las bases establecidas en la presente Resolución y las características particulares de cada una de ellas que se recogen en el Anexo de la misma distribuidas y ordenadas por Consejerías y el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.

 

Modalidad de impartición:

Las acciones formativas que se convocan se impartirán en las siguientes modalidades, conforme se específica en la ficha correspondiente incluida en el Anexo:

  • a) Presencial: actividad de aprendizaje en la que todas las horas lectivas se imparten en aula.
  • b) On-Line: actividad de aprendizaje en la que todas las horas lectivas se realizan a través de una plataforma virtual de formación.
  • c) Telepresencial: actividad de aprendizaje en la que el equipo docente y el alumnado se relacionan de manera síncrona a través de una plataforma virtual.
  • d) Mixta: actividad de aprendizaje en la que parte de las horas lectivas se realizan a través de una plataforma virtual de formación y parte mediante sesiones presenciales en aula y/o telepresenciales.

 

Forma y plazo de presentación de solicitudes:

La solicitud de participación en las acciones formativas que se convocan se realizará exclusivamente a través de la aplicación informática de Gestión de la Formación de la EAR, a la que se podrá acceder a través de la dirección Web https://eargestionformacion.jccm.es tecleando directamente la dirección Web en el navegador de Internet, a través del Portal del Empleado y a través de la página Web de la EAR (http://ear.castillalamancha.es).

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Podrán solicitarse hasta un máximo de cinco acciones formativas de las recogidas en la presente convocatoria, si bien, los cursos solicitados en materia de igualdad y aplicación de la perspectiva de género, no computarán a efectos del cálculo de ese máximo.

Priorización de las solicitudes:

La priorización de las solicitudes se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:

  1. Criterios de aplicación automática: determinarán de forma automática la posición inicial de las personas solicitantes en el orden de prelación de adjudicación, siendo los siguientes:
    1. a. El menor número de horas de formación realizadas entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2022. Se valorará con un máximo de 85 puntos sobre 100.
    2. b. Ser personal funcionario de carrera o personal laboral fijo. Se valorará con 10 puntos.
    3. c. Tener una discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Se valorará con 5 puntos.
  2. Relación funcional: En aquellas acciones formativas que establezcan la vinculación funcional de la acción formativa con el puesto de trabajo de la persona solicitante se ordenará la relación anterior en cuatro grupos. Las Unidades de Personal emitirán un informe a las Comisiones de Priorización donde se especifique la mayor o menor relación del contenido de la acción formativa con las tareas del puesto desempeñado conforme al área funcional u otros criterios específicos determinados en el mismo. Los grupos de vinculación serán: alta, media, baja y nula.
  3. Criterio corrector de discriminación positiva: una vez aplicados los criterios anteriores, se ubicará en los primeros lugares de priorización, dentro del grupo de vinculación que le corresponde, a aquel personal solicitante que, reuniendo los requisitos previstos, se hubiera incorporado al servicio activo en los doce meses inmediatamente anteriores a esta convocatoria, procedente del permiso de maternidad o paternidad o haya reingresado procedente de la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, y siempre que hubiera permanecido en dichas situaciones durante al menos tres meses.