Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 26 abril 2024.

Permisos: Permiso sin sueldo para formación

  • Permiso según Plan Concilia II - Art. 2.28

15/02/2023.
Permiso sin sueldo para formación

Permiso sin sueldo para formación

RESUMEN:

  • Máximo 3 meses.
  • Permiso no retribuido.
  • Requisito: haber desempeñado al menos 6 meses de trabajo el puesto.

 

DURACIÓN:

  • Máximo 3 meses.

 

CARACTERÍSTICAS:

  • El personal empleado público que haya desempeñado el puesto de trabajo por un periodo superior a 6 meses podrá solicitar un permiso no retribuido.
  • Este permiso se concede para la asistencia justificada a cursos de perfeccionamiento profesional no directamente relacionados con el puesto de trabajo.
  • La concesión de este permiso estará condicionada a las necesidades del servicio, debiéndose cursar la solicitud con, al menos, quince días de antelación.

 

NORMATIVA

Permiso según Plan Concilia II - Art. 2.28

👉 CONSULTA EL PLAN CONCILIA II (con medidas complementarias).