Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 15 noviembre 2024.

Permisos: Adaptación progresiva de jornada tras radioterapia o quimioterapia

  • Permiso según Plan Concilia II - Art. 2.15

14/02/2023.
Adaptación progresiva de jornada tras radioterapia o quimioterapia

Adaptación progresiva de jornada tras radioterapia o quimioterapia

RESUMEN:

  • Se podrá realizar una adaptación progresiva de la jornada de trabajo de hasta un 25% y con una y por una duración de hasta un mes.
  • La duración de este permiso se podrá ampliar más de un mes cuando se justifique la persistencia en su estado de salud de las circunstancias derivadas del tratamiento de radioterapia o quimioterapia.
  • Esta adaptación se realizará preferentemente en la parte flexible de la jornada de trabajo diaria.

 

DURACIÓN:

  • Hasta un mes desde la incorporación efectiva y podrá afectar hasta un 25% de la duración de la jornada diaria.

 

CARACTERÍSTICAS:

  • Esta adaptación se realizará preferentemente en la parte flexible de la jornada de trabajo diaria, considerándose como tiempo de trabajo efectivo.
  • La Administración podrá conceder esta adaptación cuando la misma coadyuve a la plena recuperación funcional de la persona o evite situaciones de especial dificultad o penosidad en el desempeño de su trabajo.
  • El plazo al que se refiere el párrafo anterior podrá ampliarse en un mes más cuando el/la empleado/a público/a justifique la persistencia en su estado de salud de las circunstancias derivadas del tratamiento de radioterapia o quimioterapia.

 

SOLICITUD:

  • La solicitud irá acompañada de la documentación que aporte la persona interesada para acreditar la existencia de esta situación.
  • La Administración deberá resolver sobre la misma en un plazo de 3 días, sin perjuicio de que, para comprobar la procedencia de esta adaptación, la Administración pueda recabar los informes del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales o de cualesquiera otros órganos que considere oportuno sobre el tratamiento recibido o las actividades de rehabilitación que le hayan sido prescritas.

 

NORMATIVA: 

Permiso según Plan Concilia II - Art. 2.15

👉 CONSULTA EL PLAN CONCILIA II (con medidas complementarias).