Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 15 noviembre 2024.

Permisos: Accidente o enfermedad grave

  • Art. 2.10 de la resolución que adecúa a la legislación vigente el II Plan para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las empleadas públicas y de los empleados públicos de la JCCM

14/02/2023.
Accidente o enfermad grave

Accidente o enfermad grave

RESUMEN:

  • Para el cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con el empleado o empleada pública en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella: 5 días laborables.
  • El permiso podrá disfrutarse de forma discontinua mientras persista la situación de accidente.
  • No se podrá disfrutar de este permiso por un tiempo superior al que dure la situación de accidente.

 

DURACIÓN:

  • 5 días laborables para el cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con el empleado o empleada pública en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.

Por distinta localidad se entiende aquella que es distinta a la del puesto de trabajo donde el trabajador/a presta sus servicios y a la de su residencia habitual.

Por día laborable se debe entender como día de trabajo; de modo que los sábados, domingos y festivos deben excluirse del cómputo de permisos (salvo en el supuesto de que este día le corresponda trabajar al empleado o a la empleada).

El tiempo de disfrute de estos permisos no podrá ser superior al hecho causante por el que se concedieron.

 

CARACTERÍSTICAS:

  • El permiso podrá disfrutarse de forma discontinua mientras persista el hecho causante, siempre que ello resulte compatible con la naturaleza del puesto de trabajo y con las necesidades del servicio.

 

NORMATIVA

Art. 2.10 de la resolución que adecúa a la legislación vigente el II Plan para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las empleadas públicas y de los empleados públicos de la JCCM

👉 RESOLUCIÓN 02/10/2024