Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 14 octubre 2024.

PSEC - Permisos: Excedencia por razón de violencia de género sobre la mujer trabajadora

  • Permiso según VIII Convenio Colectivo - Art. 53

27/01/2023.
Excedencia por razón de violencia de género

Excedencia por razón de violencia de género

DURACIÓN:

  • No hay plazo de permanencia ni tiempo mínimo para solicitarla. 

 

CARACTERÍSTICAS:

  • No se pueden desempeñar puestos de trabajo en el sector público mientras dure la excedencia, excepto en aquellos que sean compatibles.

  • El tiempo de excedencia se computará como prestado a efectos de promoción interna, cómputo de antigüedad y reconocimiento de trienios, así como a efectos del cumplimiento del periodo mínimo de servicios efectivos para solicitar el pase a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

  • Se le reservará el puesto de trabajo durante los 6 primeros meses; prorrogable por 3 meses, con un máximo de 18, cuando lo exigiera la tutela judicial. Durante este tiempo se contará la antigüedad

  • Durante los 2 primeros meses se tendrá derecho a percibir las prestaciones familiares por hijo/a a cargo. 

  • Se tendrá derecho a un pago mensual del 100% de las retribuciones durante los primeros 12 meses, y del 75% durante el resto del tiempo de excedencia.

 

SOLICITUD:

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NORMATIVA

Permiso según VIII Convenio Colectivo - Art. 53

👉 CONSULTA EL VIII CONVENIO COLECTIVO.