Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 15 noviembre 2024.

PSEC - Permisos: Excedencia forzosa

  • Permiso según VIII Convenio Colectivo - Art. 53

27/01/2023.
Excedencia forzosa

Excedencia forzosa

DURACIÓN:

  • El tiempo de duración de la actividad que resulte en excedencia forzosa.

 

CARACTERÍSTICAS:

  • No se pueden desempeñar puestos de trabajo en el sector público mientras dure la excedencia, excepto en aquellos que sean compatibles.

  • El tiempo de excedencia se computará como prestado a efectos de promoción interna, cómputo de antigüedad y reconocimiento de trienios, así como a efectos del cumplimiento del periodo mínimo de servicios efectivos para solicitar el pase a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

  • Al ser nombrado personal eventual, por ejercicio de cargo público o funciones sindicales que imposibilite el normal desempeño de puestos de trabajo o perciba retribuciones por su nombramiento o elección.

  • El trabajador/a deberá reincorporarse a su puesto de trabajo dentro del mes siguiente al cese en dicha situación.

  • Quienes tuvieran contrato fijo, de no hacerlo, pasarán a la situación de excedencia voluntaria por interés particular. En el caso del personal laboral temporal se extinguirá su relación contractual.

 

SOLICITUD:

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NORMATIVA

Permiso según VIII Convenio Colectivo - Art. 53

👉 CONSULTA EL VIII CONVENIO COLECTIVO.