Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 15 noviembre 2024.

PSEC - Permisos: Excedencia por cuidado de familiares

  • Permiso según VIII Convenio Colectivo - Art. 53

27/01/2023.
Excedencia por cuidado de familiares

Excedencia por cuidado de familiares

DURACIÓN:

  • Plazo no superior a 3 años.

 

CARACTERÍSTICAS:

  • No se pueden desempeñar puestos de trabajo en el sector público mientras dure la excedencia, excepto en aquellos que sean compatibles.
  • El tiempo de excedencia se computará como prestado a efectos de promoción interna, cómputo de antigüedad y reconocimiento de trienios, así como a efectos del cumplimiento del periodo mínimo de servicios efectivos para solicitar el pase a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.
  • Para atender el cuidado de cada hijo/a a contar desde el nacimiento; o de un familiar (hasta 2º grado de consanguinidad), que no pueda valerse por sí mismo.

  • Podrá disfrutarse de forma fraccionada en periodos mínimos de 1 mes, debiendo transcurrir al menos 1 mes entre el reingreso del anterior e inicio del siguiente.

  • El trabajador/a tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Si el contrato es temporal se le reservará el puesto de trabajo, salvo que en dicho periodo se produjese la extinción de su contrato.

 

SOLICITUD:

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NORMATIVA

Permiso según VIII Convenio Colectivo - Art. 53

👉 CONSULTA EL VIII CONVENIO COLECTIVO.