Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 15 noviembre 2024.

PSEC - Permisos: Excedencia voluntaria por interés particular

  • Permiso según VIII Convenio Colectivo - Art. 53

27/01/2023.
Excedencia voluntaria por interés particular

Excedencia voluntaria por interés particular

DURACIÓN:

  • Al menos 4 meses.

 

CARACTERÍSTICAS:

  • No se pueden desempeñar puestos de trabajo en el sector público mientras dure la excedencia, excepto en aquellos que sean compatibles.

  • El tiempo de excedencia se computará como prestado a efectos de promoción interna, cómputo de antigüedad y reconocimiento de trienios, así como a efectos del cumplimiento del periodo mínimo de servicios efectivos para solicitar el pase a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

  • Se debe tener contrato laboral fijo y al menos un año de antigüedad en la JCCM.

  • Han tenido que transcurrir al menos 3 años de la anterior excedencia.

  • No podrá concederse si al trabajador/a se le instruye un expediente disciplinario.

  • El reingreso al servicio activo se regirá por lo establecido en el art. 33 del Convenio Colectivo.

 

SOLICITUD:

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NORMATIVA

Permiso según VIII Convenio Colectivo - Art. 53

👉 CONSULTA EL VIII CONVENIO COLECTIVO.