Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 27 abril 2024.

DISCAPACIDAD: Publicado el Decreto por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha

  • El plazo depende de la línea de subvención.
  • Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través de www.jccm.es

27/07/2022.
Banner - Discapacidad (variado 1)

Banner - Discapacidad (variado 1)

Extracto del Decreto por el que se por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha.

Las cuantías de las ayudas por líneas son las siguientes:

  1. Línea 1: La subvención a la inversión fija será de hasta 12.000 euros en función de los criterios de graduación establecidos en el artículo 22.2 del decreto.
  2. Línea 2: La cuantía de la subvención se graduará teniendo en cuenta el tipo y grado de discapacidad de las personas destinatarias últimas, así como la estabilidad de los puestos de trabajo que ocupan, en los siguientes términos:
    • a) En el caso de personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, será la siguiente:
      • 1º. Si se trata de un contrato indefinido, será el equivalente al 55 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, salvo si se trata de mujer o mayor de 45 años, en cuyo caso será el 60 por ciento.
      • 2º. Si se trata de un contrato temporal, siempre que sea de una duración mínima de tres meses, el 50 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente.
    • b) En el caso de personas trabajadoras con discapacidad física o sensorial con un grado reconocido inferior al 65 por ciento, será la siguiente:
      • 1º. Si se trata de un contrato indefinido, el 50 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente.
      • 2º. Si se trata de un contrato temporal, siempre que sea de una duración mínima de tres meses, el 40 por ciento del salario mínimo i nterprofesional vigente.
  3. Línea 4: La cuantía se establece en 1.440 euros anuales por cada persona trabajadora con el tipo y grado de discapacidad indicados en el artículo 42.1 contratada por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses.

La aprobación de las bases reguladoras, que rigen la concesión directa de las subvenciones integradas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha, a través de las siguientes líneas:

  • Línea 1: Subvención por inversión fija generadora de empleo, regulada en el capítulo II.
  • Línea 2: Subvención del coste salarial de las personas con discapacidad, regulada en el capítulo III.
  • Línea 3: Subvención por adaptación de puestos de trabajo, regulada en el capítulo IV.
  • Línea 4: Subvención por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo, regulada en el capítulo V.

Y la publicación de los créditos disponibles que financian las subvenciones de la línea 1, 2 y 4.

El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2022, será:

  1. Para la línea 1, comenzará el día siguiente al de la publicación de este decreto y su extracto en el Diario Oficialde Castilla-La Mancha y finalizará el 30 de septiembre de 2023.
  2. Para la línea 2, será el siguiente:
    • Convocatoria del primer semestre: diez días, computados desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
    • Convocatoria del segundo semestre: dos meses, computados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria del primer semestre.
    • Con carácter extraordinario, para el incremento del salario mínimo interprofesional, será un mes computado desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
  3. Para la línea 4, será de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de este decreto y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

👉 ACCEDE AL DOCUMENTO OFICIAL.