Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 29 marzo 2024.

PERSONAL LABORAL: Hoja informativa de la Comisión Paritaria sobre el VIII Convenio de Personal Laboral de la JCCM (22)

  • Toledo, a 7 de JUNIO de 2022.

08/06/2022.
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RESUMEN:

CCOO hemos intervenido pidiendo varias interpretaciones del convenio. Se ha llegado a las siguientes conclusiones:

  • La Administración mantiene la distribución de funciones entre auxiliares de enfermería y personal de limpieza y servicios y, además, procurará revisar si las valoraciones de los usuarios son las correctas.
  • Se acuerda que a la hora de cesar personal temporal que haya realizado alguna permuta se tenga en cuenta la fecha del contrato temporal inicial de dicha persona.
  • La Administración admite su obligación de proveer de ropa de trabajo según refleja el artículo 109.2 y así se lo comunicará a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes que es donde se ha detectado el problema.

 

A continuación tienes un resumen más detallado de lo tratado durante la reunión.

Siendo a las 12:00 horas comenzamos la reunión ordinaria con el siguiente ORDEN DEL DÍA:

 

1. Aprobación del acta número 21, de 21 de marzo de 2021.

Se aprueba el acta.

 

2. Artículo 20.2: funciones de auxiliares de enfermería y PLSD en la Residencia de Mayores Pocitas del Prior.

A raíz de varios escritos recibidos desde el Comité de Empresa de Bienestar Social en Ciudad Real se trata sobre las funciones que deben desarrollar auxiliares de enfer- mería y personal de limpieza y servicios domésticos a la hora de atender al personal interno de residencias de mayores. CCOO hemos manifestado que el problema surge por la deficiente valoración de las y los residentes. Al no corresponder la valo- ración de la dependencia con la realidad surgen los conflictos entre las distintas categorías. De hecho en el centro en el que surge el conflicto a pesar de constar como una residencia mixta en la práctica se ha convertido en una residencia asistida.

Tras el debate la Administración mantiene que su forma de actuar es co- rrecta. Al no haber cambio de usuarios se seguirán realizando las funciones conforme hasta ahora. A la vez intentarán revisar si las valoraciones de las y los usuarios están actualizadas y correctas.

 

3. Artículo 32.4: antigüedad a efectos de cese del personal laboral temporal en casos de permuta de puestos.

Desde CCOO hemos pedido que a la hora de cesar personal laboral temporal que haya disfrutado una permuta se le tenga en cuenta la fecha de contratación del contrato temporal original anterior a cualquier permuta.

Finalmente se acuerda por unanimidad que para el personal temporal “para determinar el orden de cese en el puesto de que se trate deberá tenerse en cuenta como antigüedad la fecha del contrato de trabajo suscrito con anterioridad a la primera permuta en caso de que existan varias”.

4. Artículo 52.1.n: causa de suspensión del contrato por realización de cursos selectivos o periodos de prácticas.

Se plantea la interpretación del artículo 52.1.n a la hora de solicitar la suspensión del contrato de trabajo por motivo de realización de prácticas de un ciclo formativo homologado. CCOO consideramos que la Administración se ha extralimitado en la interpretación del convenio añadiendo condiciones que no están reflejadas en el punto en cuestión.

Finalmente se la Administración reconoce que se extralimitó aunque propone aclarar la redacción el nuevo convenio colectivo para evitar futuros problemas.

 

5. Artículo 109.2: ropa de trabajo en centros de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

CCOO hemos exigido que se proporcione la ropa de trabajo al personal de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en cumplimiento del ar- tículo 109.2 del convenio colectivo. No entendemos que buena parte del personal de esta Consejería no reciba dicha ropa. También hemos propuesto que se trabaje este asunto a través de su mesa técnica para decidir qué ropa es preciso recibir y el calendario de reparto.

La Administración entiende que es preciso cumplir con el convenio y así se lo trasladará a esta Consejería y a la vez pide que se actualicen las necesidades concretas de ropa de cada colectivo.

 

 

6. Preguntas y sugerencias.

CCOO hemos consultado varias cuestiones:

  • Problemas en el concurso de traslados. En el último concurso se dio preferencia a personal con menos antigüedad argumentando que era por haberlo solicitado en abierto; además, informamos que en este concurso no se ha adjudicado primero los puestos vacantes y posteriormente las resultas, como es pre- ceptivo. Hemos denunciado que a pesar de haberlo intentado resolver con el personal responsable de traslados ha sido imposible porque consideraban que el programa actuaba correctamente aunque lo hiciera en contra del convenio. La Administración admite el error y solicita que se le comunique cualquier incidencia que se detecte.
  • Motivos por los que se ha denegado una jubilación parcial por no existir bolsa de trabajo de la categoría de la que se pretendía contratar la persona relevista. Entendemos que existen otras formas de encontrar personas relevis- tas que no se han utilizado. La Administración pide que se le envíe la informa- ción concreta y que intentará solucionarlo.
  • Hemos pedido que en el I.E.S. San Isidro de Talavera de la Reina el sistema de fichaje no sea exclusivamente de uso interno sino que sea también controlado desde la propia Dirección Provincial de Educación, Cultura y Deportes. Por ejemplo, a través del Chronos. La Administración entiende que debe haber también un control externo y así lo trasladará a esta Consejería.
  • Solicitamos que se recupere cuanto antes la negociación del nuevo reglamento de bolsas de trabajo. La Administración comenta que lo tiene en cuenta aunque sin concretar nada.

 

El resto de la parte social ha comentado algún asunto más:

  • Solicitud de negociación de la bolsa de horas para conciliación para el personal laboral. La Administración comenta que lo tiene en cuenta aunque sin concretar nada.
  • Petición de recuperar la negociación del catálogo de funciones. La Administración no tiene nada previsto.
  • Aclaración sobre la obligatoriedad o no de tutorización por parte de personal laboral del personal discapacitado que se va a incorporar en breve. La Administración aclara que se han pedido voluntarios para acompañar (no para ser tutoras/es) a las personas discapacitadas que se van a incorporar. Aclaran que NO se trata de una labor obligatoria en ningún caso.
  • Problemas con calendarios aún no firmados. La Administración comenta que se llevarán a la Comisión Negociadora.

 

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