Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 29 marzo 2024.

UNIVERSIDAD: Criterios específicos para cada uno de los campos de evaluación

  • Publicados los criterios específicos de evaluación comunes y específicos para todos los campos científicos.

05/01/2022.
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Los criterios específicos de evaluación para todos los campos científicos son los siguientes: 

  1. Deberán presentarse cinco aportaciones y dos aportaciones sustitutorias. Excepcionalmente, el número de aportaciones podrá ser inferior si los trabajos tienen una extraordinaria calidad y han tenido una alta repercusión científica o técnica.
  2. Las aportaciones sólo serán valorables si significan progreso real del conocimiento. No se valorarán los trabajos meramente descriptivos o las reiteraciones de trabajos previos, excepto en los casos en que contribuyan claramente a la consolidación del conocimiento.
  3. Para que una aportación sea considerada, la persona solicitante deberá haber participado activamente en los trabajos que le dieron origen, concretando su aportación específica a los mismos en los casos de multiautoría.
  4. Todas las aportaciones deberán estar publicadas en los años que se someten a evaluación. No se tendrán en cuenta la publicaciones aceptadas o en proceso de edición y, por tanto, no efectivamente publicadas en esos años. La existencia de un identificador «DOI» (Digital Object Identifier) asociado a una publicación con edición digital e impresa no significa que el artículo esté ya publicado en ese segundo formato, teniéndose por válidas y definitivas a estos efectos únicamente las fechas que figuren en el volumen impreso por poder existir diferencias en la datación de una y otra versión.
  5. Las evaluaciones únicas solicitadas, en aplicación de lo establecido en la disposición transitoria tercera del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, se valorarán ajustando, de ser preciso, los criterios que se detallan a continuación al estado de la ciencia en España en los años en que se realizaron los trabajos.
  6. Como paso previo a su valoración se establecerá si cada aportación es adecuada a la convocatoria, utiliza un medio de difusión apropiado y responde a una línea de investigación coherente. Ello no implica juicio alguno sobre su calidad intrínseca, sino tan solo constatar que se trata de una aportación evaluable.
  7. El mismo mérito no puede ser utilizado en sexenios de investigación y de transferencia.

 

Aparte se publican los criterios de evaluación específicos para cada uno de los siguientes campos:

  • Campo 1. Matemáticas y Física
  • Campo 2. Química
  • Campo 3. Biología Celular y Molecular
  • Campo 4. Ciencias Biomédicas
  • Campo 5. Ciencias de la Naturaleza
  • Campo 6. Ingenierías y Arquitectura
  • Campo 7. Ciencias Sociales, Políticas, del Comportamiento y de la Educación
  • Campo 8. Ciencias Económicas y Empresariales
  • Campo 9. Derecho y Jurisprudencia
  • Campo 10. Historia, Geografía y Artes
  • Campo 11. Filosofía, Filología y Lingüística