Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 27 abril 2024.

INFORME CCOO MESA SECTORIAL ORDINARIA PDNU 18/03/2024

  • Entre otros asuntos se ha presentado el borrador de las Instrucciones del 02/04/2024, sobre Comisiones de Servicio para el curso 2024/2025, el plazo general de solicitudes será del 3 al 16 de abril.
  • Nos informan que el sorteo para la designación de tribunales para el concurso-oposición de maestros será después de semana santa, se nombrarán 106 tribunales.

18/03/2024.
Mesa sectorial

Mesa sectorial

INFORME CCOO

MESA SECTORIAL ORDINARIA PDNU 18/03/2024

 

ORDEN DEL DÍA

  1. Aprobación, si procede, de las actas de las siguientes sesiones: acta de la mesa sectorial de 19 de enero y 14 de febrero de 2024.
  2. Borradores de Decretos por los que se modifican los decretos que establecen el currículo de determinados ciclos formativos de grado medio y grado superior.
  3. Borrador de Decreto por el que se modifica el Decreto 82/2022 por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y el Decreto 20/2023 por el que se regula la asignación de materias optativas en la ESO y en Bachillerato a las especialidades de los distintos cuerpos de personal funcionario docente.
  4. Borrador de las Instrucciones del 02/04/2024, sobre Comisiones de Servicio para el curso 2024/2025.
  5. Ruegos y preguntas. 

Asistentes: Representantes de la Consejería de Educación y de las Organizaciones Sindicales. Por CCOO: Ana Belén Sanroma y Ana Delgado Chacón.

1.- Aprobación, si procede, de las actas de las siguientes sesiones: acta de la mesa sectorial de 19 de enero y 14 de febrero de 2024. 

Se aprueban por unanimidad

2.- Borradores de Decretos por los que se modifican los decretos que establecen el currículo de determinados ciclos formativos de grado medio y grado superior.

Toma la palabra Jacinto, Jefe de servicio de FP.

➥ Preguntamos el porqué de esta modificación, si el curso que viene entra en vigor la nueva Ley de FP y cambiarán los módulos y la asignación de horas para cada uno de ellos.

Nos informan del por qué se hace esta modificación. Al modificar el INCUAL las Cualificaciones Profesionales, el Ministerio tuvo que modificar determinados módulos de determinados ciclos formativos y familias profesionales, correspondiendo a la Consejería de Educación de Castilla -La Mancha realizar lo propio con los Decretos autonómicos. Estas modificaciones estarán vigentes en cuanto a Resultados de Aprendizaje. 

➥ Desde CCOO solicitamos que, en el seno de una reunión informativa, nos pusieran al día de los avances de los desarrollos normativos, en todo lo concierne al profesorado: horario de módulos, atribución docente, etc. puesto que hay mucha inquietud entre el profesorado de FP. También pedimos que haya formación este trimestre para el profesorado.

Nos irán convocando con las modificaciones que haya.

3.- Borrador de Decreto por el que se modifica el Decreto 82/2022 por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y el Decreto 20/2023 por el que se regula la asignación de materias optativas en la ESO y en Bachillerato a las especialidades de los distintos cuerpos de personal funcionario docente. 

Toma la palabra María, Jefa de servicio de Ordenación académica.

Se han modificado, lo concerniente a la evaluación, titulación y promoción, así como la regulación de la atribución docente de las nuevas materias optativas.

➥ Recientemente se ha publicado la Orden 37/2024 que regula el procedimiento para ofertar materias optativas en la Educación Secundaria en el que hace referencia en el preámbulo al artículo 9 del Decreto 82/2022, artículo que se modifica con este borrador. Desde CCOO pedimos que haya coordinación, para que no se tengan que ir haciendo modificaciones de normativa reciente publicada

➥ Volvemos a insistir en que es necesaria una reducción de ratio general y concretamente asociada a todo el alumnado que requiera alguna medida de inclusión educativa y/o necesidad educativa contemplada en la Ley para poder atender a todo el alumnado de esta etapa atendiendo a su diversidad según los principios pedagógicos que marca esta normativa.

4.- Borrador de las Instrucciones del 02/04/2024, sobre Comisiones de Servicio para el curso 2024/2025.

  • Desaparecen las Comisiones de servicio, las del CEE y los programas específicos de FP. El año que viene eliminarán las de FP Dual. Estas plazas ya salen a CGT especificadas como tal.
  • Plazo de solicitudes será del 3 al 16 de abril, solicitud telemática a través del portal de educación.

➥ Pedimos que las Organizaciones Sindicales nos dejen participar en los distintos tipos de comisiones o al menos sean informadas de todas y cada una de las comisiones de servicio aprobadas y concedidas, así como de los criterios por las que se han concedido en cada caso. Y que el procedimiento sea igual en todas las provincias. Por ejemplo, en la concesión de las comisiones de servicio de conciliación de la vida familiar y laboral, debe de existir participación sindical, aunque sea con voz y sin voto. No puede ser que nos dejen al margen en estas comisiones que son las más solicitadas. Los interesados se dirigen a nosotros y quieren que hagamos seguimiento de sus solicitudes. 

➥ Vemos que han desaparecido las Comisiones de Servicio de los CEE y los Programas Específicos de Formación Profesional. Las primeras, entendemos que desaparecen puesto que ya pasaron los tres años para los que se concedía esta comisión, pero en los programas específicos de FP, no había límite temporal, ¿por qué se ha optado por eliminarlas?

Las de FP específica no se ofertan este curso puesto que están en los tribunales.

➥ Siguiendo este razonamiento, ¿podemos afirmar que las comisiones en Equipos de Atención Educativa y Aulas Abiertas especializadas en alumnado TEA, ¿los Equipos de Atención Educativa para el Alumnado con discapacidad visual grave o ceguera, serán las siguientes en desaparecer? 

Probablemente sí, se tiene que acordar con la Dirección General de Inclusión Educativa.

➥ En el apartado de Destinatarios y requisitos, se incorpora uno nuevo, las personas solicitantes deben ser titulares de la especialidad del puesto para el que se solicita la comisión de servicio, preguntamos, por ejemplo, si el profesorado del cuerpo de maestros podrá hacer valer sus habilitaciones para las comisiones humanitarias o de conciliación. 

➥ Preguntamos si los/las funcionarios/as en prácticas no podrán pedir una comisión de servicios de carácter humanitario o por enfermedad propia grave o discapacidad si es sobrevenida. 

➥ Sería deseable incluir que los requisitos para la concesión de una determinada comisión se deben cumplir en el momento de la ejecución de la misma, no de la petición. Por ejemplo, para docentes que soliciten la comisión de servicio por tratamientos médicos relacionados con la maternidad, puede que en el plazo de solicitud no se esté en esa situación, pero en septiembre sí, o al contrario. O las comisiones de servicio de conciliación, puesto que se solicita antes del concurso de traslados.

➥Solicitamos que se dé prioridad en la tramitación de las comisiones de servicio a las comisiones por discapacidad, enfermedad grave, humanitarias y de conciliación, debiendo prevalecer incluso por delante del concursillo. No todo el profesorado que pide estas comisiones obtiene un destino deseable cerca de su domicilio en el concursillo, por lo que pedimos que estas comisiones, que están justificadas debidamente, se concedan antes que el concursillo para poder responder a la conciliación de la vida laboral y familiar. 

➥ En el caso de personas que soliciten comisión de servicios desde una Administración Educativa distinta a la de Castilla- La Mancha, se comprobará de oficio la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, no la tendrán que aportar. No queda claro en la redacción.

➥ En el caso de las comisiones de servicio por red Educal-CLM , el párrafo “el profesorado de los centros certificados o en procesos de certificación según la norma ISO 9001” creemos absolutamente innecesario este párrafo, ya que limita SÓLO al profesorado ya perteneciente a estos centros el poder solicitar esta comisión. Consideramos que no aporta nada que redunde en un mejor funcionamiento de los centros, esta limitación. Lógicamente, sólo tiene sentido poner el informe favorable del director, en el caso del profesorado del propio centro.

➥ Para las comisiones de servicio de ciclos formativos y cursos de especialización ya no se pueden solicitar por implantación solo consolidación, ¿significa esto que también serán eliminadas en la próxima convocatoria?

➥ Para las comisiones de servicios de proyectos de formación profesional dual, pedimos más claridad en cuanto al párrafo “se tendrán en cuenta la implicación y el grado de desarrollo de los mismos para valorar la continuidad del personal” ¿Cómo se va a valorar esta implicación? Y ¿la pueden solicitar profesorado de otros centros que cumplan los requisitos? Si esto es así, no tiene sentido pedir obligatorio un informe favorable del director del centro cuando no es para renovación de la comisión de servicios.

➥ En las comisiones de servicio por razones humanitarias pedimos que amplíe a las personas convivientes distintas al cónyuge, pareja de hecho o familiar de primer grado, igualandose a los nuevos permisos recogidos en el EBEP, y como en este caso se justificaría.

➥ También, en las comisiones de servicio por razones humanitarias se especifica que los informes de los especialistas deben estar actualizados, queremos resaltar y que se tenga en cuenta que los especialistas no emiten informes si has solicitado uno en un plazo menor a un año, por lo tanto, la gente puede tener informes de septiembre o agosto, solicitamos que no se deniegue a nadie una comisión por este motivo.

➥ Nos alegramos que por fin se recoja la petición que CCOO ha estado haciendo cada año, en el caso de reconocer a las familias monoparentales en las comisiones de conciliación familiar con hijos/as menores

➥ Proponemos que se amplíe a 12 años la edad máxima de los menores que dan derecho a una de estas comisiones de servicio, en consonancia con lo dispuesto para la conciliación de la vida laboral y familiar en el estatuto de los trabajadores, Plan Concilia, etc.

➥ ¿Se seguirá aceptando, aunque se pida certificado de empadronamiento, que no necesariamente tengan que convivir en el mismo domicilio, pero si en la misma localidad?

5.- Ruegos y preguntas.

Ruegos 

➥ Pedimos la negociación para recuperar reducción voluntaria para mayores de 55 sin pérdida de retribuciones y por supuesto con dotación de plantilla para cubrir esas horas. No puede ser como ha sucedido con la reducción de la hora lectiva en el cuerpo de maestros y que al final ha resultado perjudicial tanto para el profesorado como para el alumnado.

➥ Pedimos que tras la sentencia de Filomena se nos convoque a una mesa para poder adoptar alguna medida que compense al profesorado implicado. 

➥ Volvemos a insistir en que es necesario que el personal interino de las especialidades que se han integrado al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria que poseen titulación universitaria y que su especialidad no ha salido a concurso-oposición puedan ser contratados como grupo A1. Al igual que aquel personal interino docente con titulación universitaria que pertenece al cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares. 

➥ También pedimos que aquellas personas que han obtenido una plaza bien por concurso de méritos o por concurso-oposición a algunas de las 10 especialidades del cuerpo de profesorado especialista en sectores singulares y que posee la titulación universitaria, puedan acceder al trámite abierto de integración.

➥ Pedimos un complemento retributivo para todas aquellas personas que no tienen titulación. Otras Comunidades autónomas ya han solucionado esta situación. Pedimos que no volvamos a quedarnos atrás.

➥ Pedimos que se aclare un problema de la orden de funcionamiento de las Escuelas de idiomas: dice la orden que se tienen que incorporar a su centro nuevo después de haber terminado las actividades en el centro anterior y esto ocasiona problemas: gente que trabaja en un centro que no es el suyo, a lo mejor a mucha distancia y le puede ocasionar gastos o accidentes que no se sabe si se cubren, departamentos unipersonales que se ven sin docentes, no pueden firmar actas y en Delphos no aparecen ya como profesorado de ese centro.

➥ Creemos que no todas las comisiones de baremación del CGT, han utilizado el mismo criterio, en el que para los integrados en el 590 con diplomatura o ingeniería o arquitectura técnica y que además han aportado titulación superior adicional no se las cuentan como tal por ser la titulación de carácter general para el cuerpo, ni tampoco la titulación del primer ciclo. Pedimos que se solvente esto para la adjudicación definitiva. De ser así, sería un perjuicio para muchos concursantes.

Nos dicen que las personas afectadas, que reclamen. 

➥ Además con respecto al CGT, no podemos estar de acuerdo con la decisión adoptada por la Consejería de puntuar la experiencia como interino en otro cuerpo al profesorado que ha accedido al cuerpo 590 o 598 de una especialidad que anteriormente era del cuerpo 591. La puntuación como interino no puede ser menor si es la misma especialidad, solo que ahora integrada en otros cuerpos.

Por ahora solo han considerado paliar los efectos que la integración produce y por tanto la experiencia docente como funcionario de carrera de una especialidad que anteriormente era del 591 y ahora del 590 se cuenta en el mismo cuerpo es para los integrados y los no integrados. 

Preguntas

➥ ¿Cuándo se hará el sorteo para designar a los miembros del tribunal?

  • Después de Semana Santa. 
  • Se nombrarán 106 tribunales

➥ Preguntamos cómo va a proceder la Consejería para que el personal interino de las especialidades que se han integrado al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria que poseen titulación universitaria y que su especialidad no ha salido a concurso-oposición puedan ser contratados como grupo A1, como ocurre en el resto de CCAA. Mantener esta situación en CLM es perjudicial para nuestras y nuestros docentes en futuras oposiciones.


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