Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 18 abril 2024.

ESCUELAS INFANTILES: La Audiencia Nacional resuelve favorablemente sobre la demanda interpuesta por CCOO y el resto de sindicatos

    El pasado 8 de junio se celebró en la Audiencia Nacional el juicio por la inaplicación de las organizaciones patronales de la disposición final 5ª y de la disposición transitoria 9ª, que suponen actualizar en un 5,5% las tablas generales (gestión directa) y de obra social desde el 1 de septiembre de 2021, incrementos vinculados a la evolución del IPC del año pasado.

    15/06/2022.
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    Este 15 de junio hemos conocido la sentencia estimatoria de parte de nuestras pretensiones:

    "Estimando la demanda interpuesta por FEDERACION DE ENSEÑANZA DE USO (FEUSO), UGT SERVICIOS PU BUCOS, FEDERACION DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DE LA ENSEÑANZA (FSIE), FEDERACION DE ENSEÑANZA DE CCOO contra ASOCIACIÓN DE CENTROS AUTÓNOMOS DE ENSEÑANZA PRIVADA (ACADE), SALVEM 0-3, CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL (CECEI), CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CENTROS DE ENSEÑANZA (CECE) , CONFEDERACIÓN DE CENTROS DE EDUCACIÓN Y GESTIÓN (EYG), FEDERACIÓ DE CENTRES D'EDUCACIÓ INFANTIL DE CATALUNYA (FCIC), CONFEDERACION INTERSINDICAL GALEGA EN SINO (CIG-ENSINO), declaramos que las personas trabajadoras de los Centros de Educación Infantil de gestión directa y de los Centros pertenecientes a las antiguas obras sociales, propias de carácter docente sin fines lucrativos y de Cajas de Ahorros, tienen derecho a un incremento salarial adicional, desde el 1 de septiembre de 2021, de un 5,5%, y condenamos a las demandas a estar y pasar por dicha declaración".

    CCOO siempre ha defendido que la disposición final quinta también debe ser de aplicación para las trabajadoras de los centros de gestión indirecta. Ese juicio, en el que demandamos lo mismo que acabamos de conseguir para el resto de trabajadoras, se ha celebrado en el día de hoy (15 de junio) en la Audiencia Nacional.

    La actitud mostrad a por U GT y U SO en la defensa de las tesis plantea das por las patronales nos ha indignado sobremanera. Ellos nunca aceptaron que la disposición final 5ª fuese de aplicación a la gestión indirecta; pero, en vez de mantenerse al margen y facilitar que nuestra demanda pudiese prosperar, han decidido unir sus fuerzas con las organizaciones patronales y obstaculizar nuestra pretensión.

    Las diferencias sindicales que puedan existir entre diferentes organizaciones nunca pueden utilizarse para suprimir derechos y perjudicar los intereses legítimos de las trabajadoras de gestión indirecta. El interés de un sindicato no puede estar por encima de las condiciones laborales y retributivas de las trabajadoras. A una semana de la constitución de la Mesa Negociadora del XIII Convenio Colectivo, posicionarse activamente del lado de las patronales no es la mejor manera de afrontar la negociación.

    Contra la precariedad, más CCOO.

     

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