Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 20 abril 2024.

EDUCACIÓN ESPECIAL: Resolución de ayudas de transporte y comedor para centros y alumnado de educación especial curso 2021/22

  • Plazo de 1 mes para recurso potestativo de reposición.
  • Plazo de 2 meses para recurso contencioso administrativo.

10/06/2022.
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La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelve:

  1. Conceder las ayudas de transporte escolar para el curso 2021/22 en las modalidades 1.1. y 1.2. a los centros docentes privados concertados de educación especial, así como las ayudas individuales de transporte y comedor escolar, en las modalidades 2.1., 2.2. y 2.3 a los alumnos solicitantes de las mismas y que se relacionan en el Anexo I con las cuantías que se indican.
  2. Denegar las ayudas individuales de transporte y/o comedor escolar para el curso 2021/22, modalidades 2.1 y 2.2 a los alumnos que no reúnen los requisitos establecidos en la convocatoria y que se relacionan en el Anexo II, por las causas que se indican.

Toda alteración en las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, sin perjuicio de las responsabilidades que, en su caso se puedan exigir.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el DOCM de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio del potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el DOCM en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

👉 ACCEDE A LA RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS.