Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla-La Mancha | 25 abril 2024.

Albacete: Maestros suprimidos y adscritos para el curso 2020/21

    10/06/2020.
    Maestros suprimidos

    Maestros suprimidos

    En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de 14/02/2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, por la que se dictan instrucciones complementarias como consecuencia de la modificación de las plantillas de maestros y maestras en determinados colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, Educación Especial, colegios rurales agrupados, Educación de Personas Adultas e Institutos de Educación Secundaria (DOCM nº 35 de 20 de febrero), esta Delegación Provincial:

    RESUELVE

    1. Publicar como Anexo I, las personas que cesarán, con efectos de 31 de agosto, en su centro de destino definitivo y pasan a estar Suprimidas como consecuencia de las modificaciones de plantilla realizadas en Institutos y Secciones de Educación Secundaria, Centros y Aulas de Educación de Personas Adultas, Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria y Educación Especial, en aplicación de la Orden de 1 de junio de 1.992 (BOE de 9 de junio de 1992) y de la Orden de 25 de marzo de 2009 (DOCM de 6 de abril de 2009).

    2. Publicar como Anexo II, las personas que se adscribirán, con efectos de 01 de septiembre, a sus centros de destino definitivo, a la misma u otra especialidad, como consecuencia de la modificación del puesto, de ordinario a itinerante o a la inversa, o con ocasión de vacante, así como aquellas que aceptan los nuevos ámbitos de itinerancia, y aquellos que solicitan la adscripción a nuevo centro por la supresión del antiguo, como consecuencia de las modificaciones de plantilla realizadas en Institutos y Secciones de Educación Secundaria, Centros y Aulas de Educación de Personas Adultas, Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria y Educación Especial, en aplicación de la Orden de 1 de junio de 1.992 (BOE de 9 de junio de 1992) y de la Orden de 25 de marzo de 2009 (DOCM de 6 de abril de 2009).

    Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada ante el Director General de Recursos Humanos y Planificación Educativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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